Las terrazas de veladores han colonizado el centro de la ciudad y la mayoría de las calles y plazas de los barrios.
Pero no se trata de un crecimiento desordenado. Todo lo contrario. El Ayuntamiento tiene actualmente concedidas exactamente 8.348 licencias para otros tantos veladores. Otra cosa son las mesas ilegales que algunos empresarios instalan a la puerta de sus bares bien añadiéndolos a los que ya tienen, bien instalándolos en los trozos de acera que quedan libres. Para tratar de frenar esta práctica, los servicios municipales realizaron durante 2012 un total de 1.360 inspeccionesen un servicio que han reforzado recientemente al unificar a los funcionarios que trabajan en los servicios de licencias y de disciplina urbanística de la Gerencia de Urbanismo.
Y existe una normativa muy precisa que pretende conciliar un modelo de negocio característico de la ciudad y que genera mucha actividad económica con la ocupación de la vía pública y el descanso de los vecinos. Una normativa que acaba de ser actualizada por el Gobierno municipal, que ha impulsado una nueva ordenanza que aporta dos novedades fundamentales: permite la instalación de veladores en zonas saturadas de ruidos y también impone sanciones más duras para quienes incumplan.
La ocupación de la vía pública es uno de los principales asuntos que se regulan. Ningún bar puede tener instalados más de 25 veladores con un aforo máximo de cien personas.
A las terrazas, además, no se les permite ocupar más del 60% del ancho de la acera o la calle peatonal si se trata de una vía cuyo ancho sea superior a los 5,5 metros. En calles más estrechas, de menos de 4 metros, los veladores no pueden ocupar más de la mitad de la vía.
Sanciones
Y las sanciones son de cierta cuantía económica. Las leves prevén una multa de entre 600 y 3.000 euros, siendo leve, por ejemplo, la falta de ornato o limpieza de las instalaciones, almacenar o apilar productos, envases o residuos en la zona de la terraza o cualquier otro espacio de la vía pública.
Si se trata de una falta grave, como instalar veladores sin autorización u ocupar una superficie mayor de la autorizada, la multa oscila entre 3.000 y 6.000 euros; mientras que la falta de visibilidad de la señalización del perímetro de la terraza o cualquier infracción que cometa un bar situado en la zona saturada de ruidos puede multarse con hasta 120.000 euros ya que se considera una falta muy grave.
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